ESCUDO NACIONAL
Es un escudo de forma oval cortado con su campo superior
de azur (azul), y el inferior de plata (blanco).
En el cuartel inferior se
estrechan dos manos diestras desnudas que representan la unión, y que
sostienen una pica que remata, ya en el campo superior, con un gorro frigio
mirando a diestra, en símbolo de libertad.
En el jefe, coronando al escudo
se encuentra un sol meridiano figurado con 21 rayos rectos y flamígeros
alternados de oro (amarillo) que simboliza el nacimiento de la
nueva nación.
Ambos lados del escudos están enmarcados por guirnaldas
de laurel que simbolizan la gloria militar. Las dos ramas de laurel están
unidas en la parte inferior por una cinta celeste y blanca.
También fue la Asamblea del Año XIII, la
que por decreto del 13 de mayo de 1813 estableció que el Supremo Poder
Ejecutivo debía utilizar el mismo escudo, con algunas variantes, para
autorizar sus propios actos. El decreto dice así:
"La Asamblea General ordena que el
Supremo Poder Ejecutivo use el mismo sello de este Cuerpo Soberano, con la
sola diferencia que la inscripción del círculo sea Supremo Poder
Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata."
(firmado por el presidente Tomás Valle y el secretario Hipólito Vieytes).
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Sello que utilizó la Soberana Asamblea del Año XIII. |
Sello que utilizó el Supremo Poder Ejecutivo a partir del decreto del 13 de mayo de 1813. |
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